control horario laboral

Las diferentes pausas en el trabajo en la jornada laboral y su registro

Como ya vimos en un artículo anterior del blog, la legislación vigente (Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo) dicta que la empresa está obligada a llevar un registro de la jornada laboral realizada por cada uno de los trabajadores, indicando el horario concreto de inicio y fin de dicha jornada de trabajo. A esta normativa escapan algunos trabajadores. Esto se debe a las características del puesto de trabajo (comerciales, transportistas o personas que no disponen de un lugar de trabajo específico). Los criterios de salud laboral fijan el establecimiento de un tiempo de descanso durante la jornada laboral y normalmente en el convenio que rige esa actividad también es detallado y, de esta forma, mejorado como mínimo lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Es este artículo veremos todo lo relativo a las pausas de 


Pausas activas: paradas intermitentes en la jornada laboral

Dependiendo de lo que se haya pactado en la negociación colectiva se establecerán qué tiempos se consideran tiempo efectivo de trabajo y cuáles no. Ir al baño no puede ser incluido en los registros horarios de la jornada laboral ya que se considera parte del tiempo de trabajo efectivo.

Lo que es incuestionable son los beneficios que reportan las pausas en el trabajo. Aunque parezca todo lo contrario, cuanto más estresante e intensa sea la jornada laboral mayor utilidad tendrá realizar una parada. Mediante las pausas activas en el trabajo evitaremos que sobrevenga la fatiga, aumentaremos nuestro ritmo de trabajo y nos mantendremos atentos a las tareas, fomentando la resolución innovadora de problemas al enfocarnos de nuevo en el trabajo y reevaluar nuestra labor. Resultan más eficaces las pausas laborales breves y frecuentes que las largas y escasas.

Las empresas deben alentar y propiciar dichas paradas a lo largo de la jornada laboral.


Distintos tipos de pausas activas para obtener el máximo beneficio del tiempo de descanso

-Método 52:17: Propone el trabajar al 100% durante 52 minutos y después descansar durante otros 17 minutos.

-Ritmo Ultradiano: esta técnica imita el ritmo natural de nuestro cuerpo. Se basa en realizar sesiones de trabajo de 90 minutos, seguidas de sesiones de descanso de 20 minutos.

-Técnica Pomodoro: descansa durante 5 minutos por cada 25 que trabajes. Cuando realices este proceso cuatro veces efectúa un descanso más largo de 30 minutos.

-Realizar estiramientos (de espalda y cuello), comer o dar un paseo son las actividades que se recomiendan realizar durante los descansos.

pausas en el trabajo
Pausas para comer y su tratamiento en el registro de la jornada laboral

Si la jornada laboral excede de las seis horas de forma continuada se establece un descanso mínimo de 15 minutos.  El convenio y el contrato acordará si constituye o no tiempo efectivo de trabajo. En caso negativo habrá de recuperarse dicho tiempo alargando la jornada.

Se considerará una jornada laboral partida cuando se interrumpa la jornada laboral para realizar una pausa para comer, generalmente de un par de horas y que por lo tanto se deberá incluirlas en el fichaje, o lo que es lo mismo, anotar la hora de inicio de dicha pausa y la hora de reanudación de la jornada laboral en el registro horario laboral. Ese tiempo no computará como tiempo efectivo de trabajo.


Cómo se consideran las pausas en el trabajo para fumar o tomar café

Consideremos una empresa que, a partir de la obligatoriedad de llevar un registro horario de la jornada laboral de sus trabajadores, determina implantar un sistema de fichajes que permite conocer los períodos en que los trabajadores salen del centro de trabajo para fumar y tomar café, decidiendo, en consecuencia, descontar estos periodos de tiempo del salario de dichos trabajadores por cuanto considera que no es tiempo de trabajo efectivo. En este supuesto el contrato de trabajo y las condiciones particulares de la empresa (derechos adquiridos) pueden permitirlo, o no decir nada al respecto. En este caso la empresa podrá descontar de la jornada las pausas del café, fumar o desayunar.

La Audiencia Nacional avala que las empresas hagan fichar a sus trabajadores cuando realizan pausas para fumar o tomar café o desayunar, con el objetivo de descontar este tiempo de las horas efectivamente trabajadas, aunque el Gobierno ha anunciado que va a estudiar acometer modificaciones legislativas para que dichos descansos sean considerados como tiempo de trabajo efectivo, por lo que no hay nada definitivo en este tema.

En conclusión podemos afirmar que la realización de pausas cortas y periódicas durante el transcurso de la jornada laboral mejora la productividad y promueve una certera salud laboral. Es, por tanto, de interés común tanto para el empresario como para el trabajador que se realicen dichas pausas, aunque aún no haya una postura homogénea entre legisladores y empresarios sobre si computar o no como tiempo efectivo de trabajo el realizar descansos para fumar o tomar un café.

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